«La Constitución debe recoger la igualdad de género como un principio estructurante de nuestra convivencia política»
26 de agosto de 2021
El Centro de Derecho Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile lanzó hace algunas semanas el Observatorio de Género Constitucional, instancia que busca monitorear los contenidos de género que se traten al interior de la Convención Constitucional. En entrevista con UChile Constituyente, la directora de esta unidad, la abogada y doctora en Derecho Nancy Yáñez, explica los objetivos de la iniciativa y los principios que debería incorporar el nuevo texto constitucional en materia de género.
Paulatinamente, la sociedad chilena ha comenzado a avanzar para acabar con las desigualdades de género, tanto en lo institucional como en lo cultural. Primero fue la Ley de Cuotas aprobada bajo el segundo gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, pero años más tarde (2018) irrumpiría con gran energía el movimiento feminista, que empoderó las demandas que —por años— venían produciéndose. Y la fuerza mostrada por el movimiento traspasó a lo institucional: la nueva Constitución será escrita, por primera vez en el mundo, por un órgano completamente paritario. Se ha avanzado, pero queda mucho camino por recorrer.
Nancy Yáñez,directora del Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile, explica —en esta entrevista con UChile Constituyente— la nueva iniciativa del Observatorio de Género Constitucional. Además, nos entrega su visión sobre los principios que debiesen quedar establecidos en el nuevo texto constitucional y los desafíos que vienen para el futuro en materia de género.
¿Cuáles son los objetivos del nuevo Observatorio de Género Constitucional?
El Centro de Derechos Humanos tiene particular interés en hacer acompañamiento al proceso constituyente, ya sea por la vía de una asesoría al órgano constitucional o por medio del acompañamiento de organizaciones de la sociedad civil, con base territorial, y -particularmente- pueblos indígenas. Desde esa perspectiva, hemos tenido un acercamiento permanente al proceso: primero fue para el estadillo social, en donde tuvimos una función relevante de coordinación en la Defensoría Jurídica de la Universidad de Chile. Y esta nueva iniciativa responde a una sugerencia formulada por el decano de la Facultad de Derecho (Pablo Ruiz-Tagle), quien nos explicitó el interés de la Facultad por focalizar el trabajo constitucional en este aspecto, porque es acá donde el proceso constituyente chileno innova. En ese contexto, hemos constituido este Observatorio Constitucional de Género que busca analizar —no solamente la perspectiva procedimental, en donde el enfoque de género se ha visto representado por la paridad de género— sino que, además, en las cuestiones sustantivas que debiera debatir la nueva Constitución.
Dentro de estos dos focos que tiene el observatorio, ¿cuál es la evaluación que hacen sobre la discusión que se ha dado en torno al reglamento, y en donde el tema de género ha aparecido de forma transversal en muchas de las comisiones?
El debate sobre el reglamento ha puesto en discusión el tema de la paridad como mecanismo de participación y con garantías de la igualdad de género en el proceso constituyente. Ya el proceso de elección de convencionales constituyentes determinó los problemas que plantea concebir la paridad como un techo, como una demanda máxima lista, porque evidentemente frente a lo que ello derivó fue que un número importante de candidatas electas tuvieran que ceder su cupo a candidatos varones a efecto de mantener esta igualdad material. Si pensamos que el debate sobre la igualdad requiere cambios estructurales y culturales profundos en nuestra sociedad, no cabe ninguna duda de que la paridad debe ser el piso, y que la paridad no debiese tener restricciones. De modo de que si se expresa —mayoritariamente — la representación de grupos históricamente excluidos, como son las mujeres y las diversidades sexogenéricas, eso debería quedar representado como un elemento que puede traer cambios efectivos. Eso, el reglamento lo está superando, y es muy relevante.
Desde una perspectiva histórica, ¿cómo se ha dado este proceso de avanzar en perspectiva de género, para estar hoy discutiendo este tema como algo central en la redacción de una nueva Constitución?
Cuando estamos hablando de una Constitución, estamos hablando —en definitiva— de un texto político por excelencia, que lo que recoge son los consensos y acuerdos en los cuales queremos organizar nuestra convivencia política. Esto es relevante, porque el movimiento feminista en Chile, y a nivel mundial, ha tenido un rol fundamental en el proceso de democratización, pero —sobre todo— tratando de garantizar igualdad de trato, pero al mismo tiempo de romper las brechas estructurales que condena a las mujeres a ser ciudadanas subordinadas, lo mismo ocurre con la población LGTBQ+. Entonces, un factor relevante, desde una mirada histórica, es dar cuenta cómo el movimiento de mujeres y de diversidad sexogenérica se ha empoderado a efectos de generar cambios estructurales cada más profundos, como los que hoy empiezan a observarse en el tema de la paridad. Pero quedan situaciones arraigadas en las lógicas patriarcales de la sociedad, por ejemplo: la despenalización del aborto, que es una cuestión central en la igualdad de los géneros.
¿Cómo ve el avance de este cambio cultural en la sociedad para avanzar en mayores logros?
El ejercicio de la Convención Constitucional nos lleva a un cambio cultural. Y lo que vemos representado en la conformación de la convención es la diversidad de personas y pueblos que convivimos en esta comunidad política, y que estaban invisibilizados por la hegemonía de determinados grupos vinculados a la oligarquía, el poder económico o a ciertos sectores que habían logrado la hegemonía política deslegitimada en las últimas décadas por el compromiso de la binominalidad. Esto, de alguna manera, generó consensos en la elite y se tradujo en brechas de legitimidad y representación, que generaron —también— las brechas económicas y de desigualdad que ubican a Chile entre los 10 países más desiguales del planeta. Cuando uno observa la representación ciudadana y de pueblos en la Convención, y observa la diversidad de culturas y de perspectivas, se está visibilizando el Chile real. Y eso ha demostrado la intolerancia de algunos sectores a esa diversidad.
¿Miedo quizás?
Es clave lo que habló la presidenta (Elisa Loncon) al asumir; descolonizar las mentes, porque los sectores políticos que han ejercido el poder, desde el inicio de la República hasta ahora, lo han mantenido. Recordemos que, en el caso chileno, la ocupación de los territorios indígenas se hace por parte de la anexión de los territorios del norte, la ocupación militar de La Araucanía es un Estado que coloniza los territorios, y los subordinan bajo dinámicas coloniales que se perpetúan hasta el día de hoy. Y esas dinámicas coloniales se expresan en la descalificación que, sobre todo, el conglomerado de Vamos por Chile hace, por ejemplo, con la machi Francisca Linconao.
La configuración de la Convención está reflejando un Chile más real, ¿cree, finalmente, que este proceso llegará a buen puerto?
No me cabe ninguna duda, solo optimismo. Lo que sí debiéramos pensar en que esto no es un debate técnico, sino político y que, finalmente, la cuestión de cómo queda recogido el debate constitucional en un texto constitucional, si responde o no las técnicas del constitucionalismo, es irrelevante frente a los consensos políticos que debiésemos alcanzar en el marco de este debate y esos consensos son también culturales. Y esto no debe ser monopolizado por el derecho, no es un debate jurídico. El punto en cuestión es que el debate constitucional que se dé sea democrático, sea intercultural, busque hacerse cargo de las exclusiones y las discriminaciones históricas respecto de algunos sectores de la población, como la representación de las mujeres y las diversidades sexogenéricas.
Y en el tema de género, en particular, ¿cómo debiese quedar establecido en el nuevo texto constitucional?
Sin lugar a duda, debe haber una transversalidad en el abordaje. Debe quedar recogido en los principios constitucionales. Principios que, en definitiva, van a regular la institucionalidad y que debe recoger la igualdad de género como un principio estructurante de nuestra convivencia política, y -en este mismo marco- la Constitución se debe pronunciar sobre el rango jurídico que van a tener los tratados internacionales en materia de derechos humanos. Eso es central para determinar qué rango jurídico va a tener el texto para la eliminación de toda forma de discriminación contra la mujer y la erradicación de la violencia en contra de la mujer, lo propio con la Convención Americana de Derechos Humanos, que es un instrumento central para la evolución de los derechos humanos en la región y que se garantice la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para efectos de revisar y poder hacer exigibles las obligaciones del Estado cuando se realicen acciones que vulneren los derechos reconocidos por el sistema interamericano de Derechos Humanos. Por otro lado, el tema de género debe estar recogido en el capítulo de los derechos y garantías fundamentales para todas y todos. Pero no basta con un fantástico decálogo de derecho, sino que se requieren instrumentos para hacerlo exigible y, por lo tanto, las vías a través de las cuales se pueden impugnar acciones discriminatorias o exigir acciones para erradicar la violencia y salvaguardar los derechos de las mujeres y las diversidades sexogenéricas son centrales. También es importante la forma con la cual se organiza el poder político, y que se haga en igualdad de condiciones, sin discriminación en razón de género o de pertinencia étnica. El debate debe darse en cómo se organiza el sistema de gobierno y cómo se garantiza que las mujeres estén incluidas.
¿Debe consagrarse en el texto constitucional temas como la igualdad salarial?
En la actualidad, eso es un acto de discriminación intolerable. Las circunstancias de que las mujeres, en igualdad de condiciones y calificación, ganemos del orden de un 30 o 40 por ciento menos que los hombres son totalmente injustificables. Es un acto discriminatorio, bajo la norma vigente. De igual forma, es que eso debe ser un derecho, y deben ser severamente sancionado quienes no lo cumplan, tanto en el ámbito privado como público. Las mujeres tenemos cargas laborales, como el cuidado, que no están representadas y requieren de una regulación. Los cuidados de la maternidad han transitado en esa línea, pero —por ejemplo— en materia tributaria podría ser una forma, por medio de la cual las mujeres podríamos compensar obligaciones de cuidado que tenemos. Todas las mujeres cumplimos doble jornada en trabajo doméstico —incluso en las familias más liberales— y eso debería tener una compensación en materia de impuestos.
¿Cuál es el principal desafío que se instala para el futuro en materia de género en nuestro país?
Son infinitos, pero el primero es arribar a un texto constitucional con enfoque de género; y si eso se logra, hay que ajustar el aparato del Estado para esa normativa. Por otro lado, hay que dictar la legislación y adoptar las políticas públicas necesarias para tal efecto. Pero creo que el mayor desafío es primero erradicar la violencia de género, las cifras de femicidio dan cuenta de un país con extremada violencia hacia las mujeres. El derecho que tenemos todas a vivir sin violencia y el Estado debe tomar esa responsabilidad.
Por Víctor Hugo Moreno Soza