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5 claves de la semana en la Convención Constitucional

240 normas ya forman parte del borrador de texto constitucional. La semana pasada se aprobaron cerca de 100 nuevos artículos, entre los cuales destacan los relacionados al nuevo sistema político presidencial con bicameralismo asimétrico, y aquellos que definen las atribuciones de las regiones bajo el nuevo modelo de Estado Regional. Esta semana, en tanto, el Pleno decidirá el futuro de los derechos sociales.

1– Sistema político, sin Senado

66 fueron los artículos que la Comisión de Sistemas Políticos presentó al Pleno, en un segundo informe, con el fin de zanjar definitivamente la composición que tendrá el nuevo sistema político y de gobierno que se presentará al país en la nueva Constitución, una de los temas centrales del debate constitucional, pues desde ese sistema nace cómo se configura gran parte de la estructura política y democrática del Estado chileno. La suerte del informe fue parcial, con la aprobación de 39 artículos. Por un lado, se aprobó la conformación de un Congreso de Diputados y Diputadas —que reemplazaría a la actual Cámara de Diputados— junto con la creación de una nueva Cámara de las Regiones, que reemplazará al actual Senado de la República. Eso en términos del Poder Legislativo, pues para el Poder Ejecutivo se aprobó la mantención de un Presidente de la República elegido mediante sufragio universal, que tendrá las funciones de jefe de Estado y jefe de Gobierno, sin otra figura que lo acompañe y con atribuciones muy semejantes a las que tiene en la actualidad. La novedad, eso sí, radica en que el Presidente podrá ser reelecto por una vez, pudiendo hacerlo de manera consecutiva.

Bajo ese panorama, parte de la misión está hecha: se dio forma a una nueva estructura política y de gobierno. Sin embargo, un tema —no menor— quedó para una nueva discusión y se refiere a las atribuciones tanto del Congreso de Diputados y Diputadas, pero, por, sobre todo, de la Cámara de las Regiones, en donde se rechazaron todas las normas que aludían a este punto. Solo de definió que esta cámara será un órgano deliberativo, paritario y plurinacional, de representación regional, encargado de concurrir a la formación de las leyes de acuerdo regional y de ejercer las demás facultades encomendadas por esta Constitución. Sus integrantes se denominarán representantes regionales. Sobre el Congreso, en tanto, se aprobaron algunas facultades, como la función de fiscalizar los actos del Gobierno a través de adoptar acuerdos o sugerir observaciones; solicitar antecedentes a la o el Presidente de la República, y crear comisiones especiales investigadoras a petición de a lo menos dos quintos de las diputadas y diputados en ejercicio, con el objeto de reunir informaciones relativas a determinados actos del Gobierno. Respecto a esta materia, no se aprobó nada relacionado sobre la participación de movimientos sociales u otro tipo de organizaciones dentro de las listas. Con todo lo aprobado, el sistema político se estructura en base a un sistema presidencial y un bicameralismo asimétrico, restando aún por saber los detalles sobre el funcionamiento de este nuevo Congreso.

2- Principios constitucionales

Junto con el primer artículo de la nueva Constitución aprobado en el Pleno la semana pasada, y que reconoce a Chile como un Estado social y democrático de derecho, plurinacional, intercultural y ecológico y que se constituye como una República solidaria, de democracia paritaria y que reconoce como valores intrínsecos e irrenunciables la dignidad, la libertad, la igualdad sustantiva de los seres humanos y su relación indisoluble con la naturaleza, el capítulo de los principios contempló una serie de bases en gran parte de las materias que le competen.

En términos de soberanía, se consagró que esta reside en el Pueblo de Chile, conformado por diversas naciones. Se ejerce democráticamente, de manera directa y mediante representantes, de conformidad a lo dispuesto en esta Constitución y las leyes. Respecto a cómo se define nuestra democracia, se estableció que esta será inclusiva y paritaria y se ejerce en forma directa, participativa, comunitaria y representativa, agregando nuevos elementos, sobre todo de participación ciudadana. Otro concepto que emerge con fuerza y como novedad en relación a otras constituciones sigue siendo el medioambiente. En esa línea, se aprobó la norma que establece el principio del Buen Vivir, y que se refiere a que el Estado reconoce y promueve una relación de equilibrio armónico entre las personas, la naturaleza y la organización de la sociedad. A este principio se añade una responsabilidad penal para quien no respete el medioambiente, afirmando que quien dañe el medioambiente tendrá el deber de repararlo, sin perjuicio de las sanciones administrativas, penales y civiles que correspondan en conformidad a la constitución y las leyes.

Por otra parte, se consagró constitucionalmente el Estado Laico, estableciendo que en este Estado se respeta y garantiza la libertad de religión y de creencias espirituales. Ninguna religión, ni creencia en particular es la oficial del Estado, sin perjuicio de su reconocimiento y libre ejercicio, el cual no tiene más limitación que lo dispuesto por esta Constitución. Tal como está ocurriendo en otros capítulos, son diversos los nuevos los temas que se agregan a este capítulo de principios, estableciendo normas que consagran un nuevo catálogo de principios constitucionales, que establecen la base con la que se guiará la nueva Carta Fundamental.

3- Sistemas de Justicia

El nuevo modelo de Justicia que se está comenzando a consagrar en la Constitución también vivió jornadas de votaciones, con suertes distintas en sus respectivos informes. Mientras el segundo informe relacionado al funcionamiento de los sistemas de justicia logró aprobar 10 artículos, el segundo informe referido a instituciones y órganos autónomos fue rechazado en general, por completo, en el Pleno.

Respecto a lo aprobado, destaca una norma que viene a despejar diversas dudas en torno a quién tendría la última palabra cuando ocurra algún litigio entre la justicia indígena y la nacional, quedando la Corte Suprema como tribunal de última instancia para la resolución de posibles conflictos. Así, la norma establece que la Corte Suprema conocerá y resolverá de las impugnaciones deducidas en contra de las decisiones de la jurisdicción indígena, en sala especializada y asistida por una consejería técnica integrada por expertos en su cultura y derecho propio, en la forma que establezca la ley. Con ello, se resuelve uno de los nudos asociados al principio de pluralismo jurídico ya establecido, y que consagra dos modelos de justicia.

En relación al Consejo de Justicia, uno de los órganos nuevos creados, se dio luz verde a su conformación. Serán 17 integrantes: 8 serán juezas o jueces titulares elegidos por sus pares; 2 integrantes serán funcionarios o profesionales del Sistema Nacional de Justicia elegidos por sus pares; 2 integrantes elegidos por los pueblos indígenas en la forma que determinen la Constitución y la ley, y -finalmente- 5 integrantes elegidos por el Congreso, por concurso de Alta Dirección Pública. En tanto, el informe que contenía temas relacionados al Banco Central, la Agencia Nacional del Agua, la Defensoría del Pueblo y otras instituciones de justicia tendrá que ser nuevamente visto por el Pleno, luego que no pasará la barrera de la votación en general del Pleno.

4- Modelo de Estado regional

El nuevo Modelo de Estado Regional también vio avances en cuanto a su organización, especialmente en materia de financiamiento. Así, en un nuevo informe presentado por la Comisión de Forma de Estado, se aprobaron 22 normas relacionadas a la estructura fiscal para las regiones, entre otras materias. De este modo, ya forma parte de la nueva Constitución la norma que establece que los Gobiernos Regionales y las Municipalidades gozan de autonomía financiera para el cumplimiento de sus funciones, dentro del marco establecido por esta Constitución y las leyes. La Ley de Presupuestos de la Nación deberá propender a que, progresivamente, una parte significativa del gasto público sea ejecutado a través de los gobiernos subnacionales, en función de las responsabilidades propias que debe asumir cada nivel de gobierno. El deber y la facultad de velar por la estabilidad macroeconómica y fiscal será centralizada, conforme a lo dispuesto en esta Constitución, agregando, eso sí, límites hacia la iniciativa para determinar tributos, que no podrán ser promovidas ni por iniciativa popular, ni por plebiscitos.

Además, se consignan diversos artículos para reforzar el concepto de autonomía de financiamiento para las regiones, estableciendo que dicha autonomía financiera de las entidades territoriales implica la facultad de ordenar y gestionar sus finanzas públicas en el marco de la Constitución y las leyes, en beneficio de sus habitantes, bajo los criterios de responsabilidad y sostenibilidad financiera. El tema medioambiental también está presente, consagrando la norma que busca que en el ámbito de la distribución financiera esta debe considerar la sostenibilidad ambiental. También se establece que los recursos deberán ser ejecutados razonablemente mediante principios de eficiencia económica. Junto a esto, se estableció el reconocimiento de la ruralidad como una expresión territorial donde las formas de vida y producción se desarrollan en torno a la relación directa de las personas y comunidades con la tierra, el agua y el mar.

5- Recta final

Según el cronograma de la Convención, quedan solo tres semanas para la presentación de normas de las comisiones y las votaciones en el Pleno, para luego dar paso a la instalación de la Comisión de Armonización. Las comisiones temáticas corren contra el tiempo, ya sea mejorando los informes rechazados o presentando los últimos paquetes con normas nuevas. En este contexto, uno de los nuevos paquetes será en materia de Derechos Fundamentales, donde el Pleno deliberará y votará todos los contenidos relacionados a derechos sociales como salud, educación, vivienda, seguridad social y trabajo, entre otros. Esta instancia definirá, entre otros aspectos, cómo quedará consagrado el sistema de salud universal; mientras que en educación se revisará qué rol tendrá la educación pública y estatal en todos sus niveles, y cómo convivirá con las entidades privadas.

En Medio Ambiente, por otra parte, se revisarán dos informes: el primero relacionado a bienes comunes y derechos de la naturaleza, que ya están consagrados en varias de las normas aprobadas, como también en la votación del segundo informe de normas sobre los estatutos del agua, la minería, la energía, el modelo económico, y derecho humano a un medioambiente sano y ecológicamente equilibrado. Será un informe con cerca de 50 artículos que pretende establecer las bases para un nuevo modelo económico basado en el respeto al medioambiente.

240 normas ya forman parte del texto constitucional. Para las semanas que vienen, según la tendencia y la gran cantidad de materias que quedan aún por resolver, se podría llegar fácilmente a las 500 normas que serían las que se presentarán al país el 4 de julio.

Por Víctor Hugo Moreno

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