El rol del Estado en la consagración de un modelo económico solidario y ecológico y el desafío para el mundo privado
1 de junio de 2022
La Comisión de Medio Ambiente tenía como unos de sus fines regular el modelo económico y productivo. En esa línea, estableció normas que entregan algunos principios rectores que deben regir a la economía y que colocan al Estado como un actor central. La propuesta de nueva Constitución, además, define nuevas reglas para el sector privado, que deberá adecuarse -por ejemplo- a una mayor protección del medioambiente.
La gran mayoría de las 30 normas emanadas de la Comisión de Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Comunes Naturales y Modelo Económico se focalizaron en otorgar un marco de protección para el ecosistema. En esta línea, la nueva normativa establece mayores restricciones hacia algunos sectores productivos, los que deberán adecuarse para cumplir con los nuevos estándares medioambientales que, esta vez, quedaron garantizados constitucionalmente.
Dentro de este conjunto de artículos figura una serie de normas que apuntan hacia principios por los cuales se debe regir el modelo económico. Estas directrices plantean un rol central del Estado para el cumplimiento de ciertos conceptos como solidaridad, ecología, economía circular, pluralismo económico, entre otros. De esta manera, en el marco de la crisis climática y ecológica por la que atraviesa el mundo, las normas buscan definir un modelo económico regido por principios medioambientales.
El principal artículo sobre este rol del Estado en la economía indica que:
“El Estado participa en la economía para cumplir con los objetivos establecidos en esta Constitución. El rol económico del Estado se fundará, de manera coordinada y coherente, en los principios y objetivos económicos de solidaridad, diversificación productiva, economía social y solidaria y pluralismo económico. El Estado regula, fiscaliza, fomenta y desarrolla actividades económicas, disponiendo de sus potestades públicas, en el marco de sus atribuciones y competencias, en conformidad a lo establecido en esta Constitución y la ley. El Estado fomentará la innovación, los mercados locales, los circuitos cortos y la economía circular”.
Otra norma específica el tipo de iniciativa empresarial que puede tener el Estado dentro de la economía y cómo se deberá regir:
“El Estado tendrá iniciativa pública en la actividad económica. Para ello, podrá desarrollar actividades empresariales, las que podrán adoptar diversas formas de propiedad, gestión y organización según determine la normativa respectiva. Las empresas públicas se deberán crear por ley y se regirán por el régimen jurídico que ésta determine. Sin perjuicio de esto, en lo pertinente, serán aplicables las normas de derecho público sobre probidad y rendición de cuentas”.
Desde el Observatorio Constitucional Medio Ambiental de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, instancia coordinada por el abogado Benjamín González, creen que estas norman apuntan hacia un cambio de paradigma para la instauración de un nuevo modelo económico de desarrollo sostenible:
“El cambio de paradigma respecto a la protección de la naturaleza en relación con la actividad económica, cristalizado en la propuesta constitucional, es evidente y se aprecia que existe la perspectiva de instaurar un modelo económico que privilegie un desarrollo sostenible, en que la actividad económica se concilie con la protección y restauración ambiental para garantizar el acceso a derechos sociales y el adecuado funcionamiento de las instituciones públicas, en línea con la agenda 2030 de la ONU y los 17 Objetivos de Desarrollo Sustentable”, comentan.
Sobre el rol que deberá cumplir el Estado como ente empresario, las normas se ajustan a la protección sostenida hacia el medioambiente:
“Respecto del Estado como agente económico, la propuesta de nueva Constitución establece que ‘El Estado participa en la economía para cumplir con los objetivos establecidos en esta Constitución. El rol económico del Estado se fundará, de manera coordinada y coherente, en los principios y objetivos económicos de solidaridad, diversificación productiva, economía social y solidaria y pluralismo económico’. Es así como, dado que uno de los objetivos explícitamente contemplados en la Constitución es la protección del medio ambiente, no podemos sino concluir que el Estado deberá actuar ajustado a los principios ambientales y en resguardo del medioambiente”, expresan desde el observatorio.
Junto con ello, comentan que la decisión de establecer un desarrollo económico que concilie medioambiente y actividad económica se hace patente en los siguientes aspectos:
«La regulación de los bienes comunes naturales, estableciendo el deber estatal de custodia de estos con el objetivo de asegurar los derechos de la Naturaleza y el interés de las generaciones presentes y futuras. En la regulación del derecho de propiedad, esta propuesta de nueva Constitución deja en manos del legislador determinar su contenido, límites y deberes conforme a su función social y ecológica. En el estatuto constitucional de los minerales, en tanto, su explotación deberá considerar ‘su carácter finito, no renovable, de interés público intergeneracional y la protección ambiental'».
Por último, concluyen que “son en estos aspectos donde se juega parte importante del modelo económico y de desarrollo de un país, y en la propuesta de la Convención es claro que la definición fue establecer un sistema económico de mercado, con mayor participación y poder estatal, acompañado de un fuerte compromiso con la protección ambiental. Todas las otras definiciones quedaron reservadas a la legislación común”, puntualizan.
El rayado de cancha
Dentro de este escenario de nuevas reglas medioambientales, existe un gran desafío, tanto para el mundo empresarial como para el propio Estado, en cómo deberán adecuarse al mandato constitucional con este fuerte contenido protector del medioambiente. En esa línea, al Estado se le asigna un rol importante como ente productivo bajo el principio del modelo económico social, ecológico, pluralista. El académico y profesor asociado de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile, Guillermo Larraín, explica los alcances de este rol que jugará el Estado en la economía
“Las constituciones que nacen de esta forma, bajo un sistema tan participativo, es difícil abstraer su interpretación de lo que está pasando en la sociedad en las que se está dando esta Constitución, distinto es si hubiese sido desde un grupo de expertos. Por eso, es difícil abstraerse de una mayor injerencia del Estado en el devenir de la economía y de la sociedad. La pregunta es en qué puede transformarse esto. Creo que se ve un Estado que tendrá un rol más activo en lo productivo y eso es problemático, porque cuando el Estado produce lo hace siempre con una cantidad grande de conflicto de interés, porque el Estado debe atender necesidades sociales, y la eficiencia productiva no es su rol. La pregunta es cómo se hará, por ejemplo, en derechos sociales. Uno puede pensar que el Estado asumirá un rol más fuerte en la provisión directa de servicios de salud, educación o de vivienda, y la pregunta que queda abierta es qué se entiende por ese rol más activo. ¿Quiere decir producir directamente el Estado, como se hacía en el pasado donde hubo empresas públicas que producían colegios, o quiere tener un rol más activo en la asignación de recursos? No es tan claro, se mezclan algunas interpretaciones”, comenta.
Respecto a cómo queda el sector privado ante este escenario, Larraín cree que hay un rayado de cancha muy importante y que se deberá encontrar la fórmula para una adecuación progresiva a estos nuevos estándares.
“El sector privado quedó con un rayado de cancha bien claro, hay un Estado que pretende no solo un Estado social de derechos, sino también medioambiental. Es una Constitución que tiene un componente muy grande de protección del medioambiente, y eso a un país que siempre ha explotado sus recursos naturales le significa un desafío enorme. El desafío que viene por delante es cómo hacer compatible la realidad productiva que tiene Chile con el cuidado del medioambiente al cual la Convención nos llama. Los temas medioambientales van a estar en el ojo de la sociedad. Y, también, hay un llamado a que el sector privado tenga una forma de inserción en la sociedad distinta. Quedó algo interesante, en el sentido de que hay libertad de emprendimiento, hay una regulación del derecho de propiedad que está bien, son pilares que están ahí, pero con límites en lo medioambiental, en lo social que son importantes».
El académico agrega que también todo pasará por una construcción de confianzas:
“El sector privado tendrá que adecuarse, y este proceso puede ser muy positivo, en la medida que lo vemos como un camino de construcción de confianzas, en que las empresas tienen que partir por mostrar una proactividad en todas estas materias, medio ambientales, sociales, laborales. Por ahí, se comienzan a dar señales en esos esfuerzos, y reconocer que en esos esfuerzos puede haber errores, que puede haber equivocaciones, retrasos, y hay que mirarlo de forma constructiva. Y por supuesto que el mundo empresarial tendrá que ver la forma como sanciona a aquellos miembros de la comunidad empresarial que no contribuyan con el éxito de este proceso”.
Por último, Larraín agrega que estos nuevos estándares están presentes en la mayoría de los países desarrollados, por lo que es algo que se debería hacer:
“Son muchas restricciones con banderas bien fuertes flameando. Entonces, desarrollar empresas, en ese contexto, va a requerir esfuerzos. Ahora, no es un esfuerzo que no se pueda hacer, los estándares en todas estas dimensiones que estamos hablando. Los estándares de los países desarrollados son más exigentes que con los que operamos nosotros, así que no es que no se pueda, pero va a requerir un esfuerzo del mundo empresarial. Y también del Estado, que deberá adecuarse a este panorama. Hay que predicar con el ejemplo, hay un llamado a que el Estado también opere con los estándares que se requieren”, puntualiza.
Por Víctor Hugo Moreno