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La educación superior pública y la Nueva Constitución

Es fundamental la superación del estado subsidiario a partir del cual se han desarrollado políticas públicas que tienden a ser funcionales al mercado, privilegiando la competencia, la privatización y la desregulación del sistema de educación superior.

Hace cuatro décadas la dictadura militar estableció la libre entrada de instituciones privadas como oferentes de educación superior y la reducción progresiva de los fondos basales entregados por el Estado a las Universidades Públicas. Los efectos de ambas medidas siguen más presentes que nunca: la matrícula de pregrado en universidades estatales representa sólo el 15,6% de la matrícula de educación superior (SIES, 2020) y en 2019 el financiamiento por vía aporte basal y fondo concursable representó solo un 26% de sus ingresos (Superintendencia de Educación Superior, 2020).

Junto a la clara desatención a la que han estado expuestas las universidades estatales, (evidenciada en la reducción sostenida de la matrícula y de recursos), en las últimas décadas producto de la ausencia de una visión preferencial del Estado hacia sus propias instituciones, se han desdibujado las claras diferencias que existen entre casas de estudio de naturaleza estatal/pública e instituciones privadas. Lo anterior, incluso yendo en una dirección opuesta a tendencias mundiales en la materia. El Glosario de Términos Estadísticos de la OCDE, por ejemplo, define a una institución de educación como pública cuando ésta es controlada y gestionada directamente por una autoridad o agencia pública (o cuyo órgano superior está conformado en su mayoría por miembros designados por la autoridad o elegidos públicamente). De esta forma, el término sería algo exclusivo de las universidades estatales, sin perjuicio del aporte, calidad, e incluso dependencia financiera fiscal que puedan tener otras muy buenas instituciones.

Contrariamente a lo que se ha señalado en estos días, el carácter público de una universidad no se encuentra dado por los fines que ella cumple (existiendo múltiples ejemplos de instituciones privadas que cumplen fines públicos, tales como las clínicas y los colegios particulares en el mismo ámbito de la educación), sino por las características propias que detenta. Las universidades públicas orientan su acción exclusivamente en la búsqueda del bien común, sin anteponer ningún tipo de interés individual o grupal, son instituciones laicas, pluralistas y reguladas por el derecho público, en razón de lo cual se encuentran sujetas a múltiples regulaciones que resguardan la transparencia y la fe pública involucradas en su actuar.

Las instituciones estatales, pese a navegar por décadas en aguas donde la premisa principal fue el “sálvese quien pueda”, han logrado sobrevivir y con muy buenos resultados. Toda la red de universidades públicas se encuentra acreditada por la Comisión Nacional de Acreditación (CNA) y cuatro casas de estudio poseen la categoría “de Excelencia”. Asimismo, su claro compromiso con el entorno se refleja en el hecho de que todas cuentan con el área voluntaria de Vinculación con el Medio acreditada. Las universidades estatales sobresalen, también, en la generación de nuevo conocimiento: de acuerdo a registros de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID) en los últimos 6 años el sistema terciario estatal ha sido el más productivo en la generación de publicaciones. Por otro lado, un factor diferenciador ha sido su irrenunciable compromiso con la inclusión: la presencia de la red estatal en 15 regiones del país permite entregar opciones de acceso a cualquier estudiante con mérito y deseos de acceder a la educación superior en todo el territorio nacional. Junto a ello, cuentan con el porcentaje de alumnos provenientes de la educación municipal y subvencionada más alta del sistema universitario (88% en 2020)

Esto se explica básicamente por el enorme compromiso que realizan a diario sus propias comunidades. No obstante, el Chile del futuro no puede depender sólo de actos heroicos, sino que debe construirse en base a una nueva forma de relación entre el Estado y sus instituciones. Los desafíos que existen en el horizonte de corto y largo plazo, relacionados a la generación de un renovado modelo de desarrollo económico, por ejemplo, dependen de ello.

Es fundamental la superación del estado subsidiario a partir del cual se han desarrollado políticas públicas que tienden a ser funcionales al mercado, privilegiando la competencia, la privatización y la desregulación del sistema de educación superior. En términos más concretos, es fundamental avanzar a la garantía explicita del derecho a la educación superior en la nueva Constitución. Este derecho debe materializarse a través de la provisión gratuita de educación en un conjunto de instituciones públicas de nivel técnico y universitario, reconocidas también en el texto constitucional.
No se busca con ello desconocer o negar el carácter mixto del sistema educacional chileno, arraigado en nuestra tradición republicana desde mucho antes de la Constitución de 1980, sin embargo, es fundamental relevar explícitamente el rol que cumplen las casas de estudio estatales y otorgarles un tratamiento distintivo, reconociendo así su naturaleza pública y gratuita. De esta forma, el Estado se hará responsable de su desarrollo y constante mejoramiento.

Vicepresidente del Consorcio de Universidades del Estado, Rector de la Universidad de Los Lagos Óscar Garrido Álvarez

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