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#Opinión

Columna de Claudia Heiss. Tercer proceso constitucional: siga participando

Encuestas recientes hablan del cansancio de la gente con el tema constitucional. No podría ser de otra forma. Nos hemos embarcado ya en tres intentos de reemplazar la Constitución de 1980. En el gobierno de Michelle Bachelet 200 mil personas participaron en encuentros locales autoconvocados, cabildos y consultas, pero el proyecto de ley para reemplazar la Constitución no tuvo tramitación en el Congreso.

El segundo proceso, bastante más dramático, surgió del estallido social de octubre de 2019 y el acuerdo político para convocar a la Convención Constitucional. Entre 2019 y 2022, la conversación constitucional se tomó espacios vecinales, municipales, escolares, universitarios. Miles de personas y organizaciones sociales quisieron hablar a la Convención. Las solicitudes de audiencia se estiman entre 6 y 8 mil, pero a pesar de sesiones maratónicas, las y los convencionales sólo lograron escuchar a poco más de 1.500 de esas personas y organizaciones. Dos plebiscitos y una elección se sumaron entonces al calendario electoral de rutina. Y vino, además, la pandemia y el recrudecimiento de graves problemas económicos y sociales.

Cada uno de esos procesos se inició porque el fracaso del anterior mostró, tarde o temprano, que el problema constitucional seguía sin resolver. En 2023 hemos iniciado el tercer intento, con la Comisión Experta que elabora el anteproyecto y la elección del Consejo Constitucional del 7 de mayo. Si prospera, este nuevo proceso podría establecer la Constitución que nos va a regir por varias décadas. Su legitimidad emana, en primer lugar, de dos procesos electorales: el de ayer domingo y un plebiscito de salida el 17 de diciembre.

Votar no es la única forma que tienen las personas de hacer oír su opinión. El acuerdo político de este nuevo proceso incluyó una Secretaría Ejecutiva de Participación que busca, a través de las universidades del país, amplificar la escucha a todos quienes quieran pronunciarse sobre la propuesta de la Comisión Experta.

Para cumplir ese objetivo, se han habilitado cuatro mecanismos: consultas ciudadanas, diálogos grupales, iniciativas populares de norma y audiencias públicas. Estas cuatro formas de recoger opiniones estarán abiertas durante un mes, entre el 7 de junio y el 7 de julio. Luego se sistematizarán en un informe que se entregará al Consejo Constitucional y a la ciudadanía a finales de julio. Además, en abril pasado la Secretaría Ejecutiva entregó a la Comisión Experta un resumen de la participación en los dos procesos anteriores.

Estamos cansados, pero puede que esta sea la última oportunidad de hacer escuchar la voz ciudadana en el debate constitucional. Para quienes ya lo han hecho dos veces, bien vale la pena un último esfuerzo por incidir en el texto.

Una Constitución para el siglo XXI

«Debemos aprender del proceso constitucional fallido y tomar lecciones del mismo, entre las cuales debe tenerse presente la necesidad de convocar a expertos, profesores universitarios y miembros de sociedades científicas a quienes debe escucharse para nunca más volver a disfrazarnos», afirma el académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Enrique Navarro, en una columna publicada en el diario El Mercurio.

La paridad como piso y sin margen. Hacia un enfoque de género no binario en la nueva Constitución

Columna del Observatorio Constitucional de Género del Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.

El observatorio está realizando un seguimiento a la integración del enfoque de género en el debate constitucional, el que ha sido especialmente dinámico durante todo el período. La conformación de la Convención como órgano constitucional paritario, único en el mundo, la incorporación del enfoque de género en su funcionamiento provisorio y en la primera propuesta de reglamento, y también la utilización del lenguaje inclusivo; dan cuenta de una perspectiva amplia en el diálogo constitucional que desafía los actuales paradigmas de género en la sociedad chilena.

En un comienzo la Convención consagró la paridad para su funcionamiento, aplicándose tanto a la integración de las comisiones de trabajo como a la elección de los cargos de dirección (mesa y coordinaciones). Sin embargo, la interpretación de la regla de paridad acordada no fue evidente ni unánime. En el contexto de las elecciones para integrar las coordinaciones de las comisiones, tuvieron lugar dos interpretaciones y una variación: la paridad como techo, la paridad como piso y la paridad como piso y sin margen.

La paridad interpretada como techo implica que ningún género puede estar mayormente representado que el otro. En este sentido, la paridad opera como un mecanismo que asegura la igualdad numérica entre hombres y mujeres. La paridad interpretada como piso, en cambio, hace eco de la paridad como una medida afirmativa que busca corregir las desigualdades estructurales en la participación de las mujeres. De acuerdo con esto, la paridad asegura una igualdad numérica como un mínimo que puede ser rebasado en favor de ellas. Estas dos posturas conciben la paridad desde una interpretación binaria del género (mujer-hombre) que excluye e invisibiliza las diversidades sexo-génericas.

Desde allí se construye una tercera acepción que profundiza la paridad entendida como piso: la paridad como piso y sin margen. Basada en una concepción no binaria de género, la paridad es interpretada como un mecanismo que busca asegurar también la participación igualitaria de las diversidades sexo-génericas.

A partir de estas interpretaciones, diferentes versiones de la paridad han sido adoptadas a lo largo de la deliberación constitucional, por ejemplo, como techo en la Comisión de Reglamento, como piso en las nuevas comisiones provisorias y como piso no binario en la elección de vicepresidencias adjuntas.

Como hito, la propuesta de reglamento de la Convención incorpora el enfoque de género y feminista como principio rector y transversal, y para operativizar ese enfoque innova con diferentes mecanismos. Se zanja el debate sobre la paridad y se interpreta como piso. Y, con la sola excepción de la Comisión de Armonización, se adopta explícitamente una interpretación no binaria de la paridad, integrando a las diversidades sexo-genéricas en los mecanismos de corrección.

La interpretación que se dé al respecto tras la discusión en el pleno sentará un precedente clave para el nuevo texto constitucional y para avanzar en una transformación real en materia de representación con enfoque de género y feminista.

Hasta el momento este debate ha posibilitado, por un lado, visibilizar la insuficiencia de la paridad como techo para revertir las brechas en la representación política incidente de las mujeres y por otro, abrir camino a mecanismos que no reproduzcan, en lo sustantivo, lógicas de exclusión en base al género.

Lo que se proyecta como desafío es la transversalización y la profundización del enfoque de género. Una propuesta estratégica es la concepción no binaria de la paridad como un piso y sin margen.

El Derecho Constitucional a la Alimentación

omo parte del debate sobre la necesidad de una nueva Constitución para Chile, como Grupo Transdisciplinario de Obesidad de Poblaciones (GTOP) queremos plantear la necesidad de pensar en la alimentación como un derecho constitucional, porque es un asunto de valores superiores sobre lo que somos y queremos ser como Nación, y el reconocimiento que el Estado no puede ser neutral en la forma de garantizar su accionar sobre la materialidad de los factores que la determinan

El Derecho a la educación en una Nueva Constitución

El proceso iniciado el 18 de octubre de 2019 y que un año más tarde, con el Plebiscito decidió por amplia mayoría el reemplazo de la Constitución, constituye una oportunidad histórica para deliberar respecto de un nuevo orden jurídico-político, y para poner en discusión los principios y orientaciones que, necesariamente, están en su base.

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