Las propuestas del “Grupo de los 24” que podrían rescatarse para el actual proceso constituyente
20 de octubre de 2022
El Grupo de Estudios Constitucionales, llamado Grupo de los 24, fue la única instancia política de oposición a la propuesta de Constitución del 80 que se desarrolló en medio de dicho proceso. Hoy, en el marco del actual debate constituyente, académicos de la Universidad de Chile rescatan el trabajo desarrollado por este grupo en plena dictadura militar y que planteó una serie de contenidos constitucionales.
El 21 de julio de 1978, 24 abogados, académicos, políticos e intelectuales -provenientes de diversos y opuestos mundos políticos- dieron vida a un grupo que se planteó, en aquella época, un objetivo común: reflexionar, idear y proponer al país una alternativa diferente al proyecto constitucional que elaboraba la Dictadura, a través de la Comisión Ortúzar, y que no contaba con instancias democráticas mínimas de participación. De hecho, una de las primeras decisiones estratégicas acordadas por este grupo de 24 personas –que con el paso del tiempo se ampliaría a centenares de participantes- fue la de actuar como un órgano independiente que no estaba dispuesto a colaborar; ni mucho menos entregar insumos al proceso liderado por la Junta Militar. El grupo funcionaría como un proceso paralelo, con una propuesta alternativa.
El Grupo de los 24 fue definiendo durante sus primeros meses de trabajo cuáles serían sus motivaciones, sus objetivos y temáticas constitucionales centrales. El fin era ofrecer una propuesta alternativa a la que presentaría la Dictadura, pero también fue desarrollando una estrategia más amplia desde el plano político, desde una clara vereda de oposición, con el propósito de trazar las líneas para una salida institucional y democrática a la situación política de Chile. Por lo tanto, el rol que cumplió hasta mediados de los 80 no solo tuvo que ver con la tarea de formular una propuesta constitucional que hiciera contrapeso al texto del régimen; sino que también para dar vida a una organización política que ideara el camino para el retorno a la democracia. Para muchos, esta instancia fue el germen de lo que sería más adelante la Concertación de Partidos por la Democracia.
Pero, bajo el escenario propuesto por la Dictadura en 1978, la primera herramienta de batalla que dio vida a este grupo fue la cuestión constitucional. Esta primera trinchera fue una oportunidad, un espacio que sirvió para reunir a personas de distintos colores políticos que, pese a sus diferencias, lograron generar una forma, un modelo de diálogos y acuerdos, para presentar al país un modelo constitucional distinto, que intentara recoger la tradición democrática quebrantada. En ese contexto, el Grupo de los 24 comenzó a desarrollar su trabajo mediante reuniones semanales en las cuales se debatían distintas temáticas políticas y de orden constitucional, las que después se transformarían en una serie de documentos (minutas, informes, comunicados, boletines, entre otros) que se publicaban para conocimiento de la opinión pública. Así, pese a las restricciones informativas de la época, logaron publicar sus contenidos, incluso en diarios como El Mercurio.
En esa línea, la primera definición clave en materia constitucional que se recoge de sus documentos es que cualquier cambio en la Constitución debía respetar la historia constitucional chilena. Una segunda definición, ya en materia de contenidos, fue que la propuesta constitucional debía establecer cimientos robustos de un modelo político democrático que, por aquella época, estaba corriendo serio peligro con la propuesta de la Junta.
La relevancia histórica
El académico de la Facultad de Gobierno de la Universidad de Chile, Hugo Frühling, formó parte de la primera etapa del grupo de los 24, que fue desde 1978 hasta 1981, año de la promulgación de la Constitución de Pinochet. Recuerda que el grupo nació con el objetivo de hacer pública las diferencias con el gobierno ante la propuesta constitucional que preparaba la Comisión Ortúzar (1978), y que posteriormente fue ratificada en 1980.
“Lo más importante del Grupo 24 fue, en primer lugar, el proceso que creó: un grupo de personas que por la finalidad que tenían y por su relevancia política, intelectual o académica podían pronunciarse públicamente y con un acceso a los limitados medios de prensa a los que la oposición tenía accesos en ese momento. A través de eso, y legitimado en alguna medida porque el régimen a su vez tenía una iniciativa constitucional, es que el grupo de estudios constitucionales sirvió para el conocimiento y el acuerdo de múltiples personas que pertenecían desde la izquierda hasta la derecha liberal. El grupo se fue ampliando con comisiones similares en regiones, y fue estableciendo en torno a la discusión constitucional acuerdos que fueron importantes y significativos en la historia política de la lucha en contra de la Dictadura”, recuerda.
Pero, junto con ello, el académico destaca la identidad y el horizonte político con el que también contó el grupo en sus años de formación. “Esto no fue meramente constitucional, había reuniones políticas. Yo me reunía muy seguido con Jorge Molina Valdivieso, Carlos Portales, con quienes discutíamos muchas de las posiciones que tomaría la comisión permanente, y lo mismo ocurría en el comité ejecutivo del grupo, como en el grupo fundador, donde jugaba un rol fundamental Patricio Aylwin y Edgardo Boeninger. Eso es lo más importante: cuando surge el proyecto constitucional hay un grupo que se ha ido expresando, que constituye un referente pacífico y, en cuya deliberación, se van adoptando algunas decisiones que son centrales para la discusión”, afirma.
Hugo Frühling analiza que, dado el contexto de la época, uno de los elementos principales que sirvieron de base para las primeras propuestas constitucionales fue la defensa de la democracia. “Hay que poner eso sí en perspectiva y en contexto la época. En esa época, el grupo responde a la crítica absolutamente muy radical de la Dictadura en contra del sistema democrático. O sea, lo que la Dictadura planteaba era poner en cuestión el régimen democrático como se concebía y como se había concebido en Chile, y nosotros lo que hicimos fue levantar la democracia como la única alternativa política permanente en Chile. Y eso, con personas que habían apoyado la Unidad Popular y personas que habían sido opositoras a la Unidad Popular. Esto era muy significativo y, además, con personas que estábamos en Chile”, indica.
Sobre algunos de los contenidos centrales que se trataron dentro de los diferentes documentos y acuerdos a los que se llegaron, el académico sostiene la idea de la concreción de un modelo de orden económico y social que combinara emprendimiento privado y el rol del Estado. Respecto a los aspectos clave para la construcción del pensamiento político que lleva al sistema democrático actual, destaca que «lo primero fue la reafirmación de que no hay un orden político posible o deseable que no sea el orden político democrático y pluralista. Segundo, es que hubo una discusión, bastante transparente, respecto del orden económico y social en el que se respeta la propiedad privada, el emprendimiento personal, pero -al mismo tiempo- se establecen limitaciones que puede realizar el Estado, pero limitaciones que no pueden llegar a la posición total del socialismo. Allí, hay un acuerdo respecto a un régimen económico y social en el que pudiera haber consenso entre derecha, izquierda y centro. Tercero, me parece, hubo una interesante concepción respecto de la crisis del Poder Judicial, que afirma la necesidad de contar con una Consejo de la Magistratura, como también una academia judicial que le dé prestancia al Poder Judicial para que proteja, realmente, a las personas y los derechos humanos. También, se aboga por la incorporación al sistema jurídico interno las norma internacionales de derechos humanos, la declaración universal y los pactos que Chile había suscrito, y eso era para nada claro en esos años”, comenta.
Por su parte, el académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y director académico de Uchile Constituyente, Claudio Troncoso, refuerza esta idea de la importancia política que tuvo el grupo en el contexto de Dictadura. “El principal aporte que efectuó la Comisión de Estudios Constitucionales o Grupo de los 24 fue que, en el contexto de una dictadura militar muy intensa en su persecución de los grupos opositores, caracterizada por la violación masiva y sistemática de los Derechos Humanos, fue capaz de construir una alternativa de una nueva Constitución para Chile verdaderamente democrática. Demostró así que la disidencia a la Dictadura se podía poner de acuerdo en los temas esenciales para la vuelta a la democracia en Chile, desmintiendo la afirmación de la Dictadura, que los opositores a ella solo buscaban volver al caos que precipitó el golpe militar, y que jamás se pondrían de acuerdo entre ellos para una alternativa constructiva. Además, el Grupo de los 24 hizo un análisis muy exhaustivo del texto constitucional preparado por la Comisión Ortúzar, el Consejo de Estado y la Junta Militar concluyendo, entre otras cosas, que él postulaba un cesarismo presidencial bajo tutela militar”, afirma.
Sobre el aporte y relevancia del Grupo, el académico constitucionalista de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Francisco Zúñiga, apunta a su trascendencia como órgano político. “El principal aporte del Grupo de Estudios Constitucionales (también llamado “Grupo de los 24” en su minuto) fue abrir, a partir de su fundación, un espacio al reencuentro de la sociedad política democrática, expresada en un grupo de personalidades políticas -como Patricio Aylwin, Carlos Briones, Francisco Cumplido, Hernán Vodanovic, Ramón Silva Ulloa y Armando Jaramillo- y juristas -entre ellos, Manuel Sanhueza, Jorge Mario Quinzio, Mario Verdugo Marinkovic, Juan Agustín Figueroa, Enrique Silva Cimma, Gonzalo Figueroa Yáñez, Hugo Pereira Anabalón, Carlos Andrade Geywitz y Alejandro Silva Bascuñán. Solo consecuencialmente surge la crítica a la ‘Constitución’ de la dictadura cívico-militar (decreto ley 3.464 de 1980), y que se expresa en las Bases fundamentales para la reforma constitucional, publicadas el 5 de octubre de 1979, y en Las Críticas del Grupo de los 24, que fueran publicadas en la revista APSI en su edición de 19-23 de marzo de 1981, y que sintetiza con claridad su parecer respecto de la Carta impuesta en el plebiscito fraudulento. En este sentido, es precisamente desde el debate y diálogo que en él se conforma -siempre en un marco de respeto y fraternidad, tan necesario en años difíciles- que se construye una visión y muy bien fundada crítica a la institucionalidad que la Dictadura estaba empeñada en imponer«, sostiene.
Las bases constitucionales que se presentaron en 1979 plantean un análisis crítico respecto a la propuesta del régimen, en elementos centrales que debilitan la democracia como se aprecia en el siguiente extracto:
“Ese análisis muestra -entre otras cosas- que la nueva Constitución rechaza el sistema representativo de Gobierno, desconoce el derecho natural y exclusivo del pueblo para gobernarse, niega el pluralismo ideológico, establece un régimen político y militarista, implanta un verdadero cesarismo presidencial, minimiza al Parlamento, transforma al Tribunal Constitucional en un organismo burocrático carente de representatividad popular y más poderoso que el Congreso, otorga un poder ilimitado a las FF.AA., subordina la vigencia de los derechos humanos fundamentales al arbitrio del gobierno y se identifica, en lo económico, con el capitalismo individualista de libre mercado. Además, dadas las exigencias que impone para eventuales reformas constitucionales, perpetúa un determinado régimen político, económico y social, que resulta prácticamente imposible de modificar. De esta manera, la Constitución de la Junta Militar niega la democracia y -lo que es más grave- cierra los caminos para instaurar la democracia dentro de la legalidad que ella consagra”
En esa línea, dicho documento de Bases Constitucionales consigna algunos principios como temas fundamentales para la concreción de un nuevo texto constitucional:
- Establecer un Estado de Derecho.
- Separación de los poderes públicos.
- Elección popular de los gobernantes.
- Participación y organizada del pueblo en la vida política, social, económica y cultural de la nación.
- Responsabilidad de los gobernantes y publicidad de su gestión.
Las propuestas, hoy
Respecto a qué aspectos se podrían considerar hoy dentro del debate constitucional que aún no se cierra, Frühling cree que hay elementos del sistema político que se podrían tomar en cuenta como un insumo histórico. “Desde luego, hay elementos de contenidos que se pueden rescatar, no copiar. La Constitución que se planteó no está hecha en artículos, sino que fue realizada en ideas generales; pero creo que hay aspectos del régimen político que pueden ser interesantes, aspectos de las declaraciones de principios iniciales que pueden servir. Creo que se puede tener en cuenta para los efectos de contar con un borrador de opciones a partir del cual pueda realizarse la redacción del órgano constituyente que se defina hoy. No digo en un ánimo de copiar, pero sí pertenece el acervo histórico de la tradición nuestra y, en ese sentido, pueden estar presente”.
Por su parte, el profesor Francisco Zúñiga enumera una lista de contenidos constitucionales que podrían ser un aporte como insumo para el debate constitucional actual. Así, destaca elementos del sistema político, de descentralización y principios como el Estado de Derecho, la separación de poderes del estado, entre otros. “Desde su fundación, el 21 de julio de 1978, el Grupo de Estudios Constitucionales tuvo como objetivo elaborar un conjunto de propuestas e insumos pensando en el objetivo de dar basales a ‘una futura Asamblea Constituyente u otro órgano de integración pluralista que se dará el pueblo chileno, como única forma legítima de establecer una Constitución democrática por su formación y postulados’. Su compromiso era irrestricto con la democracia y con los derechos humanos, y que ellos se vieran no solo reflejados, sino también reforzados en una institucionalidad moderna, participativa y que fuera digna tributaria de la tradición histórico-democrática previa al golpe de Estado de 1973, y que tanto orgullo nos diera dentro y fuera de nuestras fronteras. Y, en este sentido, tales propuestas nos deben despertar no solo un interés reforzado, sino que efectivamente son bases de notable calidad pensando en la construcción de un nuevo proceso constituyente, que -consciente de las limitantes de su tiempo- sea capaz de por fin dar un término a la ‘cuestión constitucional’ que nos ha acompañado por prácticamente medio siglo”, expresa.
¿Cuáles serían estos contenidos según Francisco Zúñiga?
- En primer lugar, el Grupo de Estudios Constitucionales tuvo siempre presente la necesidad de dar herramientas a la soberanía popular para su desenvolvimiento, en un marco democrático en el que se interrelacionen y potencien entre sí las libertades, igualdades y solidaridades mutuas.
- Por ello, también entendía con claridad que era imperioso establecer “reglas del juego claras” a la hora de construir este sistema democrático. Y por ello, una Constitución genuinamente democrática no podía sino surgir del pueblo, en el ejercicio del poder constituyente, el cual “está formado por todos y cada uno de los ciudadanos integrantes de la nación, que tienen el derecho y el deber de darse el orden institucional que quieran”, eligiendo sus representantes libremente en una asamblea representativa.
- Y en ese sentido, la participación en la vida política se comprendió siempre como fundamental, puesto que “la democracia es una tarea de todos, sin exclusiones, dentro del más amplio contrapunto”. Ello implicaba, a su parecer, tanto la existencia de un sistema de partidos competitivos que volvieran posible una alternancia en el poder, como de un orden económico y social en beneficio de todos, con participación popular activa en su construcción y desarrollo.
- Consecuentemente, ponían un énfasis particular en un proceso de descentralización regional efectiva, en que las distintas regiones elijan sus propias autoridades o tengan un rol preponderante en ello, ejerciendo ellas funciones de gobierno, administración y normativa regionales. De igual manera, en materias municipales organizaba el poder político local que replique el orden político democrático nacional.
- Apropiada síntesis de todo lo anterior son los ocho puntos fundamentales que expresamente reconocía el “Grupo de los 24” para la existencia de una sociedad democrática: (1) Estado de derecho; (2) Separación de los poderes públicos; (3) Generación periódica de los gobernantes y legisladores; (4) Participación activa y organizada del pueblo en la vida política, social, económica y cultural de la nación; (5) Existencia de partidos políticos; (6) Gobernantes responsables; (7) Red de organizaciones intermedias, y (7) Justicia económico-social.
- Asimismo, el “Grupo de los 24° concibió un cambio de régimen político que, a través de una subcomisión, transitaba del régimen presidencialista a un régimen semipresidencial. También es mérito suyo la importante innovación que significó la propuesta del Consejo Nacional de la Justicia.
- También es pertinente hacer presentes los proyectos expedidos desde su seno, como el Estatuto de los Partidos Políticos, el Estatuto de Regionalización, el Consejo Económico y Social, la Organización del Poder Político Local, el Estatuto de la Ciudadanía, Inscripciones y Sistema Electoral, la Organización y Funcionamiento del Poder Judicial y las Bases Fundamentales de la Reforma Constitucional.
- Por último, subrayar que los aportes del Grupo de Estudios Constitucionales son un legado a la cultura del constitucionalismo democrático y social; que en el siglo XXI y en el actual debate constituyente recobran especial relevancia y exigen su remozamiento, con miras a tener una nueva Constitución democrática.
El grupo de Estudios Constitucionales presentó dos grandes documentos con propuestas, la primera en 1979 en medio de la presentación del proyecto de la Junta buscando dar a conocer un proyecto alternativo, y luego en 1981 con las críticas en contenidos ya a la Constitución promulgada el 11 de marzo de ese año.
Por Víctor Hugo Moreno