Skip to content Skip to main navigation Skip to footer

El lugar de los partidos políticos frente al nuevo proceso constituyente

Diferente ha sido la forma de consagrar a los partidos políticos en nuestra historia constitucional. Hoy, ante el inicio de una nueva discusión, emerge la pregunta sobre la relevancia -o no- que deberían tener en la elaboración del futuro texto constitucional. En Uchile Constituyente, analizamos su trascendencia dentro del sistema político.

Tras el Estallido Social de octubre de 2019, el ambiente social y político confluyó hacia un diagnóstico común sobre el sistema político: los partidos no estaban representando el sentir popular, percepción que evidenciaba una severa distancia entre los intereses de estos cuerpos intermedios y la ciudadanía. Ello también se venía reflejando desde hace bastante tiempo en distintas encuestas de opinión pública, que daban cuenta de esta pérdida de sintonía, demostrada en los altos indicadores de desconfianza hacia los partidos políticos.

Bajo ese escenario es que, tras el Estadillo y al momento de sentar las bases para la conformación de la Convención Constitucional, las fuerzas políticas acordaron permitir la entrada libre y en masa de independientes o movimientos sociales que no necesariamente estuviesen ligados a partidos políticos. El hecho permitió que personas fuera de los partidos pudiesen competir en igualdad de condiciones con los militantes.

El resultado de esto fue una Convención en la que el 64% de sus integrantes resultó ser independiente: 48 de ellos en listas propias y 40 apoyados por algún conglomerado político. Esta situación cobraría cierta relevancia en el desarrollo de la Convención por diversos factores, entre ellos, la dificultad que se presentaba a la hora de aunar posturas para llegar a acuerdos en las normas.

Sin embargo, y transcurridos dos años de aquella época, hoy el escenario es completamente diferente, pues los partidos han vuelto a la primera línea, no solo siendo los exclusivos artífices del acuerdo constitucional del 12 de diciembre, sino también con las reglas electorales que se definieron. Estas definiciones, entre otros aspectos, impedirán la entrada de independientes o movimientos de forma libre como en el proceso anterior, pudiendo hacerlo solamente en alguna de las listas conformadas dentro de una coalición de partidos. Es decir, los partidos recobran su fuerza y relevancia, pese a que su imagen dentro de la opinión pública sigue siendo igual de mala que tres años atrás.

Aun así, los partidos políticos hoy tienen el protagonismo absoluto frente al inicio de este nuevo proceso. En esa línea, los diferentes movimientos que nacieron en la anterior campaña hoy ven como su primer objetivo transformarse en partidos políticos. De este modo, se intenta recuperar la definición clásica que tienen las organizaciones políticas formales como canalizadores de las demandas ciudadanas y como garantes, también, del sistema democrático.

Una revisión histórica

¿Cómo ha evolucionado la consagración de los partidos a lo largo de nuestra historia constitucional y cómo deberían quedar plasmados en una futura Carta Magna? Esto es lo que consultamos a un grupo de académicos de la Universidad de Chile, quienes abordan su relevancia dentro del sistema político chileno y cómo se ve el panorama a futuro, ad-portas de una nueva discusión constitucional.  

El académico de la Facultad de Gobierno de la Universidad de Chile, Jaime Baeza, comenta que es importante para el sistema reconocer la relevancia de los partidos.“Los Partidos Políticos son fundamentales, pero no deben estar regulados en la Constitución, sino más bien en una legislación ad hoc para el punto. La Constitución debe reconocer su existencia y necesidad fundamental para su existencia. Debemos incentivar una democracia de partidos y no de independientes que no rinden cuenta a nadie. Sin embargo, entre más mínimo y consensuado sea el texto constitucional mejor para la evolución de las instituciones a lo largo de la historia”, explica.

Por su parte, la también académica de la Facultad de Gobierno de la Universidad de Chile, Isabel Castillo, afirma que los partidos no debiesen competir con independientes o movimientos. “La Constitución de 1925 tenía escasa mención a partidos, reconociendo su rol en la representación. La Constitución de 1980 introdujo una serie de nombres adicionales que reflejan el sesgo anti partido de los constituyentes durante la dictadura, por ejemplo, introduciendo la representación de candidaturas independientes además de las de partidos, haciendo incompatible la dirigencia sindical con la partidaria, entre otras. Una futura constitución debiese reconocer la importancia de los partidos como órganos de representación y algunos principios básicos que orienten su regulación (tales como transparencia, paridad en los altos cargos, entre otros). En miras a su fortalecimiento, no se debiese permitir que otros actores compitan con ellos, como movimientos sociales (tal como se propuso en su momento en la Convención Constitucional) o independientes. Sin embargo, particularmente esto último, es políticamente difícil y poco probable de lograr considerando el bajo respaldo ciudadano que tienen”, afirma.

En tanto, la académica de la Facultad de Derecho, Ana María García, explica la evolución que han tenido los partidos a lo largo de la historia y la relevancia que tienen, también, en el escenario actual. “Los partidos políticos son indispensables en un régimen democrático. Históricamente, en los inicios del constitucionalismo en el siglo XIX fueron rechazados, luego tolerados porque inevitablemente las personas se unen porque comparten ideas comunes. Más adelante, fueron regulados legislativamente y hoy tienen reconocimiento constitucional en la mayoría de las democracias contemporáneas. Los partidos políticos, en cuanto grupo de personas que se organizan en torno a un proyecto ideológico que pretenden concretar en la realidad social y para ello constan de un programa y de una estructura determinada, son instituciones que necesariamente deben tener existencia en cualquier régimen democrático, ya sea presidencial o parlamentario. Cumplen importantes funciones como encauzar la voluntad popular, recoger las demandas de la ciudadanía, formar a los futuros líderes y evitar la prevalencia de múltiples intereses particulares que operan en contra del bien común de la colectividad. El reconocimiento de los partidos políticos en la Carta Fundamental es indispensable, como -asimismo- su regulación en una ley complementaria, debiendo adoptarse las medidas necesarias para lograr la formación de partidos vigorosos y evitar el multipartidismo que opera en desmedro de los grandes acuerdos que favorecen la estabilidad democrática”, señala.

Por Víctor Hugo Moreno

Ir al contenido