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Las diversas miradas que interpretan las normas relacionadas al pluralismo jurídico

En el cuarto encuentro de los seminarios organizados por UChile Constituyente, en conjunto con la Fundación Max Planck y el Instituto Desafíos de la Democracia, se abordaron los contenidos de la propuesta constitucional relacionados al sistema de justicia indígena, normas que se basan en el principio de pluralismo jurídico.

Una de las temáticas que más ha generado dudas y debate en torno a la propuesta de nueva Constitución dice relación con los sistemas de justicia, y las normas que consagran constitucionalmente el pluralismo jurídico, concepto que define la instauración de un sistema jurisdiccional especial para pueblos originarios. Académicos y especialistas intentaron resolver algunas interrogantes sobre esta materia, en la cual existen diversas miradas e interpretaciones, especialmente respecto a los efectos que tendrá -en la prática- la implementación de este nuevo sistema judicial con pertinencia indígena.

El tema fue abordado en profundidad en el cuarto capítulo del ciclo de encuentros “Sala Constituyente, diálogos al alero de la Chile”, que organiza UChile Constituyente, en conjunto a la Fundación Max Planck y el Instituto Desafíos de la Democracia. Los expositores José Rodríguez Elizondo, académico Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y Premio Nacional de Humanidades y Ciencias Sociales 2021; Salvador Millaleo, abogado y académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile; Sofia Correa, historiadora y académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile; e Isolde Reuque, experta en cultura mapuche y ex consejera Nacional Indígena CONADI, plantearon sus diversas miradas sobre estas normas constitucionales, abordando tanto su significado, como su puesta en marcha, si es que el texto es aprobado en el referendum de septiembre.

Las normas que plantean este nuevo modelo de justicia se expresan en el capítulo IX sobre los Sistemas de Justicia. En sus artículos, se establecen los principios rectores que deben guiar estos sistemas y se definió a la Corte Suprema como el órgano superior encargado de resolver los posibles conflictos de jurisdicción que se puedan dar.

¿Qué dicen las normas?

  • Artículo 322

“La función jurisdiccional se define en su estructura, integración y procedimientos conforme a los principios de plurinacionalidad, pluralismo jurídico e interculturalidad”

“Cuando se trate de personas indígenas, los tribunales y sus funcionarios deberán adoptar una perspectiva intercultural en el tratamiento y resolución de las materias de su competencia, tomando debidamente en consideración las costumbres, las tradiciones, los protocolos y los sistemas normativos de los pueblos indígenas, conforme a los tratados e instrumentos internacionales de derechos humanos de los que Chile es parte”.

  • Artículo 323

“Es deber del Estado promover e implementar mecanismos colaborativos de resolución de conflictos que garanticen la participación activa y el diálogo. 2. Solo la ley podrá determinar los requisitos y efectos de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos”

  • Artículo 329

“La Corte Suprema conocerá y resolverá las impugnaciones deducidas en contra de las decisiones de la jurisdicción indígena, lo hará en sala especializada y asistida por una consejería técnica integrada por expertos en su cultura y derecho propio, en la forma que establezca la ley”.

La visión de los expositores

En su intervención, José Rodríguez Elizondo afirmó que el problema de estas normas es la conformación de un estado residual de 11 naciones. “La justicia étnica, como lo han llamado algunos analistas, es un derivado de la plurinacionalidad, es uno de los derivados más importantes en cuanto que termina con la tripartición clásica de los poderes públicos (…) Hemos pasado de la necesidad de darle el mejor trato posible la igualación a los pueblos originarios a la ley del péndulo, que significa que Chile llegue a ser una nación residual, un estado residual de 11 naciones, lo cual lo debilita extraordinariamente en el contexto internacional”, dijo.

Por su parte, Salvador Millaleo explicó que las normas apuntan a contar con sistemas de justicia indígenas, pero bajo un marco que debería ser de unidad. “La idea de pluralismo jurídico que se refleja en la nueva Constitución tiene dos elementos: un elemento es reconocer a los sistemas normativos de los pueblos indígenas y esto va en la línea de lo que propone la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas. Y un segundo elemento es establecer una jurisdicción especial indígena, es decir, que dentro de los sistemas de justicia el ejercicio de la jurisdicción en ciertas materias y ciertos elementos, sea ejercido por la autoridad propia de los pueblos indígenas, respecto o aplicando el derecho propio de los pueblos originarios. Pero la idea de estos sistemas de justicia es que están bajo un marco de unidad y esta unidad está dada por los derechos humanos, por el sistema democrático y el principio de juridicidad”.

Millaleo, eso sí, advierte que el texto deja algunas dudas en cuanto a su aplicación práctica. “Ahora, el proyecto tal y como está deja todo a la ley y, por lo tanto, hay bastante incertidumbre, y eso hay que reconocerlo. Viendo críticamente esto, hay una incertidumbre porque cuando uno ve lo que existe en el derecho comparado en sistemas que existen hace mucho tiempo, en países muy consolidados en cuanto al acceso a la justicia como Estados Unidos, esto claramente tiene límites, limites que explicitan en la propuesta constitucional y que se lo dejan a la ley, hay límites personales, materiales y territoriales”, expresó.

Por su parte, Sofia Correa indicó que este tema se da en el marco de diferentes autonomías consagradas para los pueblos originarios. “Las naciones indígenas ejercerán su control sobre un territorio que seguramente será extenso, particularmente en el caso del pueblo mapuche. En este territorio en el cual ejercerán el control, gozaran no solo de autonomía política, administrativa, financiera, sino que además ejercerán justicia, serán los sistemas jurídicos indígenas los que se aplicaran en dichos territorios”.

Junto con ello, comentó que si bien la Corte Suprema será el tribunal de última instancia para resolver conflictos de jurisdicción que se puedan dar, a su juicio, no queda claro qué tipo de asuntos pueden quedar radicados allí. “Se puede impugnar frente a la Corte Suprema, pero sabemos que lo que se impugna a la Corte Suprema son casos de extrema gravedad, un asesinato obviamente llegara a la Corte, pero ¿Qué pasa con un día a día? ¿Qué pasa con un conflicto laboral? ¿Qué pasa con un conflicto vecinal, callejero? El día a día con el que nos enfrentamos todos los chilenos, las chilenas que no pertenecen a las etnias indígenas. Serán sometidos al sistema jurídico indígena en un idioma que desconocen y al cual no podrán apelar probablemente. No hay igualdad ante la ley en esas condiciones a mi juicio”, afirma.

Por su parte, Isolde Reuque, expresó que no hay que tener miedo a estas nuevas normas que pueden ser un nuevo espacio de reencuentro. “Tenemos que reencontrarnos si queremos tener una convivencia sana, buena, real, justa. Tenemos que ir haciendo realidad esto para los pueblos originarios -con los derechos, con las primeras naciones, con los primeros pueblos- ir haciendo esto. Una voluntad política que se necesita para el reconocimiento, para la plurinacionalidad, para lo jurídico ¿Por qué digo yo en lo jurídico? En lo jurídico es que cuando va nuestra gente a defenderse de algún tipo de juicio, no son tomados como tales, y si le llevan a alguien para que realmente lo interprete, buscan a alguien que sea más o menos llegado a lo que ellos quieren, no a lo que quiere el propio indígena. Entonces ahí ¿qué se produce?: se produce una división entre los propios mapuches. Lo que están haciendo desde siempre, con la invisibilización, y lo vuelvo a decir, es dentro de cómo no pueden asimilar cada día más, la llamada integración, porque para nosotros nunca ha sido integración total. Ahora, sí muchos de los mapuches nos hemos integrado, pero no hemos dejado, nos cuesta, es un gallito que uno tiene que estar dando todos los días para ver la otra mirada que tenemos. Entonces, cuando nos miran así con una justicia muy reducida, donde no hay esta expectativa y tienen tanto miedo a una justicia -yo diría- que será complementaria, que va a venir hacer una verdadera justicia con el tiempo”, señaló.

Por Víctor Hugo Moreno

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