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El uso de la fuerza en legítima defensa y la guerra contra el terrorismo

No autorizado por el autor para ser publicada a texto completo – Tesis para optar por el grado de Magíster en Estudios Internacionales – Existe una tendencia histórica de la humanidad por intentar limitar y prohibir que los Estados recurran a la guerra y por regular la conducta de éstos durante los conflictos armados. Así, desde la doctrina de la Guerra Justa, que establecía ciertas condiciones para hacer la guerra, se ha buscado la manera de limitar la posibilidad de que los Estados usen la fuerza armada como herramienta para resolver sus conflictos y regular sus intereses. Después de los horrores de la Segunda Guerra Mundial y como un intento definitivo de proscribir por completo el “ius ad bellum” de los Estados y de prohibir el uso de la fuerza armada en cualquiera de sus formas, la Carta de Naciones Unidas de 1945 buscó establecer las bases de un nuevo orden mundial para proteger a la humanidad del flagelo de la guerra. Con este fin, se creó un sistema de seguridad colectivo, para lo cual los Estados debían comprometerse a renunciar al uso de la fuerza en sus relaciones internacionales, atribuyendo el monopolio de su uso al Consejo de Seguridad, y produciéndose de esta forma la “abolición de la competencia de guerra” que el derecho internacional antiguamente reconocía a los Estados.

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