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Limitaciones estructurales del sistema de evaluación de impacto ambiental ante falencias regulatorias

Autorizada por el autor, pero con restricción para ser publicada a texto completo hasta diciembre 2014 – Entre los múltiples aspectos que pueden dificultar el rol que juega la Administración Pública de cara a la ciudadanía, uno de los más complejos es el de la intervención en materias ambientales. Esta intervención surge a partir del deber establecido en la Constitución Política de la República, que en su artículo 19 N° 8 garantiza el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación1. Este deber recién encuentra contenido sustantivo y su primer asidero con la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente del año 1994 (“Ley Nº 19.300”) 2 que, entre otros avances, crea el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“SEIA”).

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